CONDICIONES GENERALES DE RESERVAS SANTA MARIA MANUELA
Las presentes Condiciones Generales se aplican a los contratos celebrados con Santa Maria Manuela Turismo, SA, con domicilio social en Rua Actor António Silva, nº 7 1600 – 404, Lisboa, inscrita en el Registro Mercantil de Lisboa con el número único de registro y número fiscal 515755028, en el ámbito del transporte marítimo prestado por esta empresa, incluida la realización de actividades marítimo-turísticas.
Artículo 1. – Definiciones
Definiciones utilizadas en estos Términos Generales:
Transportista : Santa María Manuela Turismo.
Cliente : Persona física o jurídica que celebra con el transportista uno o varios contratos contemplados en las presentes Condiciones Generales. Contrato : Todos los contratos celebrados entre el transportista y el cliente en virtud de las presentes Condiciones Generales.
Huésped : terceros cuya entrada en el buque esté autorizada por el transportista en virtud del contrato firmado con el cliente. Trayecto en barco : todo el crucero, incluida la estancia a bordo durante el período previsto en el contrato.
Equipaje : equipaje fácil de transportar por el cliente y/o invitado; maletas, bolsos de viaje y/o mochilas.
Buque : el buque identificado en el contrato.
Precio : el precio al que se refiere el contrato.
Artículo 2. – Ámbito de aplicación
2.1 Salvo acuerdo escrito en contrario, las presentes Condiciones Generales se aplican a todos los contratos, incluidas todas las ofertas realizadas en virtud de este acuerdo, celebrados entre el transportista y el cliente y relacionados con los servicios de transporte y/o catering y otros servicios relacionados. 2.2 Las presentes Condiciones también se aplican a los huéspedes. El cliente será responsable de sus huéspedes e indemnizará al transportista por cualquier daño causado por dichos huéspedes.
2.3 Estos Términos están redactados en portugués y traducidos al inglés. En caso de divergencia entre la versión original y la traducción, prevalecerá la versión en portugués.
Artículo 3.- Oferta/adjudicación
3.1. Todas las ofertas del transportista, incluidas las ofertas contenidas en folletos, anuncios y sitios web, son opcionales y pueden ser canceladas por el transportista.
Dicha cancelación, si se produjera, será notificada al cliente lo antes posible.
3.2. La oferta menciona:
- El importe total del viaje y el porcentaje que deberá abonarse por adelantado;
- Los medios de pago;
- El número máximo de huéspedes por barco;
- El lugar, fecha y hora de embarque y desembarque;
Estas Condiciones Generales son parte integrante de la primera oferta.
Artículo 4.- El contrato
4.1. Salvo en el caso de cancelación previsto en el artículo 3.1, el contrato se perfeccionará tras la aceptación de la oferta por parte del cliente. El transportista enviará al cliente una confirmación escrita o electrónica tras la celebración del contrato.
4.2 El cliente facilitará al transportista con antelación o, a más tardar, antes de la salida, todos sus datos así como los de los huéspedes registrados.
Artículo 5.- Cancelación
5.1 En caso de rescisión del contrato, el cliente deberá informar al transportista lo antes posible mediante carta. La fecha válida para la rescisión del contrato será la fecha de recepción de dicha carta por el transportista.
5.2 La resolución del contrato por parte del cliente implica el pago de una cantidad fija al transportista, en los siguientes términos: Indemnización - buque:
- 15% en caso de cancelación hasta 6 meses antes de la salida;
- 20% en caso de cancelación hasta 5 meses antes de la salida;
- 30% en caso de cancelación 4 meses antes de la salida;
- 40% en caso de cancelación 3 meses antes de la salida;
- 50% en caso de cancelación 2 meses antes de la salida;
- 75% en caso de cancelación 1 mes antes de la salida;
- 90% en caso de cancelación 1 día antes de la salida;
- 100% en caso de cancelación el día de la salida.
Compensación - catering y otros servicios:
- 15% en caso de cancelación 2 meses antes de la salida;
- 25% en caso de cancelación 1 mes antes de la salida;
- 50% en caso de cancelación 2 semanas antes de la salida;
- 75% en caso de cancelación 1 semana antes de la salida;
- 95% en caso de cancelación 1 día antes de la salida;
- 100% en caso de cancelación el día de la salida.
Cuando las pérdidas sufridas por el transportista, como consecuencia de la cancelación, excedan el 15% de las cantidades fijas mencionadas anteriormente, el transportista será indemnizado por el cliente, quien deberá abonar dichas cantidades adicionales.
Artículo 6.- Suspensión y terminación
6.1. En caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato, por cualquiera de las partes, la otra parte tiene derecho a suspender el cumplimiento de sus obligaciones, salvo en los casos en que dicho incumplimiento no justifique la suspensión por estar fundado en asuntos de especial o menor importancia.
6.2. El incumplimiento por una de las partes de las obligaciones previstas en este contrato, da derecho a la otra parte a rescindir su respectiva prenda, salvo en los casos en que dicho incumplimiento no justifique la rescisión por fundarse en asuntos de especial o menor importancia.
6.3. El transportista se reserva el derecho de rescindir el contrato en cualquier momento con efecto inmediato en caso de:
- Quiebra, insolvencia, inicio de un proceso especial de revitalización o administración judicial;
- Si el cliente no cumple con sus obligaciones dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de una notificación escrita para hacerlo. - Si se produce una situación similar a la contemplada en el artículo 11, apartados 2, 3 y 4 siguientes.
- Si el buque no está disponible por circunstancias imprevisibles y si, a pesar de los esfuerzos realizados por el porteador, no puede ponerse a disposición un buque similar.
6.4. La cancelación o suspensión deberá ser notificada por escrito, de una parte a la otra, indicando los motivos correspondientes. El contrato se considerará resuelto amistosamente tras la recepción de la carta de cancelación por parte del cliente.
6.5. Si la causa que originó la suspensión o cancelación es imputable al cliente, los daños y perjuicios que se deriven de ello correrán a cargo del cliente. Artículo 7.- Precio y modificaciones de precios
7.1. Salvo pacto en contrario, el precio no incluye gastos portuarios, de puentes o esclusas, tasas y otros gastos análogos, que serán de cuenta del cliente que se encuentre a bordo del buque.
7.2. El precio referido está sujeto a modificaciones derivadas del incremento imprevisto de tasas, impuestos o recargos sobre el combustible, siempre que éstos se produzcan con posterioridad a la firma del contrato.
7.3. Si como consecuencia del incremento de precios, a que se refiere el párrafo anterior, el precio pactado sufre un incremento superior al 15%, el cliente tiene derecho a rescindir o desistir del contrato.
Artículo 8.- Pago
8.1. El pago se realizará a través de la página web del transportista, mediante transferencia bancaria a través de la plataforma SIBS Digital Payments Gateway. Se considera como fecha de pago la que figure en el extracto bancario del transportista.
Artículo 9.- Morosidad en el pago
9.1. El cliente incurra en mora una vez vencida la fecha de pago convenida. En tal caso, el transportista deberá notificarlo al cliente otorgándole un plazo de cinco días hábiles desde la recepción de la notificación para que efectúe el pago.
9.2. La falta de pago del importe debido después del plazo estipulado en el requerimiento de pago dará derecho al transportista a cobrar intereses calculados desde la fecha de vencimiento, al tipo legal aplicable, más un 3% anual sobre el importe adeudado.
9.3. Si el cliente permanece sin pagar la cantidad debida después de haber sido intimado para ello, el transportista tiene derecho a añadir a la cantidad adeudada los gastos de cobro, que incluyen los costes judiciales y extrajudiciales.
Las costas extrajudiciales ascienden a:
- 10% sobre los 2.500,00 euros siguientes del importe pendiente de pago;
- 5% sobre los siguientes 5.000,00 del importe pendiente;
- 1% sobre los siguientes 15.000,00 del importe pendiente,
A menos que el monto gastado por el transportista sea menor a dichas cantidades.
9.4. Todas las reclamaciones de facturación deberán realizarse por escrito, estar claramente definidas y documentadas, y enviarse sin demora al transportista tras la recepción de la factura. Artículo 10. – Obligaciones del transportista
10.1. El transportista realiza el crucero de acuerdo con sus mejores prácticas y normas de eficiencia.
10.2. El transportista deberá asegurarse de que el buque y la tripulación cumplan con los requisitos legales del país donde esté registrado el buque. 10.3. La ruta se definirá consultando al cliente, salvo que haya sido previamente fijada por el transportista y/o por el capitán del buque. 10.4. El transportista y/o el capitán del buque podrán cambiar el crucero por razones de navegación.
Entre los motivos de navegación se encuentran, entre otros, todos los aspectos relacionados con las condiciones meteorológicas y marítimas, el bloqueo de las rutas marítimas, el estado del buque, los casos de fuerza mayor, las huelgas y el salvamento de vidas y bienes en el mar. Entre estos motivos también se puede incluir la modificación del lugar de salida y/o de llegada y/o la decisión de no zarpar.
10.5. En los casos mencionados en el párrafo anterior, el transportista y/o el capitán del buque intentarán siempre encontrar, junto con el cliente, una solución alternativa. Todos los costes adicionales razonables correrán a cargo del cliente.
Artículo 11. – Obligaciones del cliente (y de los huéspedes)
11.1. Salvo pacto en contrario, al finalizar el crucero, el cliente deberá entregar el barco en las mismas condiciones en que lo encontró al embarcar.
11.2. Durante la duración del crucero, el cliente y los invitados deberán mantener un comportamiento adecuado hacia la tripulación y demás personas a bordo.
11.3. Las instrucciones impartidas por el transportista y/o el capitán y/o la tripulación del buque deberán ser estrictamente seguidas por razones de seguridad y para mantener el orden en el buque.
11.4. Si a juicio del porteador y/o del capitán, el cliente incumple lo dispuesto en los apartados 2 y 3 anteriores, el porteador y/o el capitán del buque podrán resolver el contrato de inmediato y/o denegar al cliente y/o a sus invitados el acceso al buque, salvo que dicho incumplimiento no justifique la resolución del contrato por estar fundado en razones de especial o menor importancia.
11.5. El cliente y sus invitados no están autorizados a llevar a bordo otras mercancías distintas del equipaje mencionado anteriormente, salvo autorización previa del transportista y/o del capitán del buque.
11.6. El cliente y sus invitados no podrán llevar animales domésticos a bordo, salvo autorización previa del transportista y/o del capitán del barco. 11.7. El cliente y sus invitados no podrán llevar a bordo ni tener en su posesión materiales u objetos que puedan poner en peligro la salud, el bienestar y/o la seguridad de terceros, tales como sustancias peligrosas, explosivos, sustancias radiactivas y/o tóxicas, contrabando, armas, municiones y drogas.
11.8. El cliente deberá entregar al capitán del barco una lista con el nombre de los huéspedes, a más tardar el día de su llegada. Artículo 12.- Salud en Viajes
12.1. El cliente deberá asegurarse de que reúne todas las condiciones, incluidas las sanitarias, para una travesía marítima segura. 12.2. En caso de alergia o intolerancia a algún alimento, el cliente deberá informar previamente de ello al transportista, debiendo adoptar las medidas oportunas para evitar el consumo durante el viaje de cualquier alimento al que sea alérgico.
Artículo 13.- Fuerza Mayor
13.1. Son causas de fuerza mayor aquellas circunstancias imprevisibles que pueden dar lugar a retrasos o a la imposibilidad de ejecución del contrato, siempre que dichas circunstancias no puedan ser evitadas por el transportista, por razones o acontecimientos legales, contractuales o sociales.
13.2. La fuerza mayor incluye los daños al buque que hacen imposible la realización del viaje ocurridos por circunstancias que el porteador no podía prever ni prevenir.
13.3. La resolución del contrato por causa de fuerza mayor da derecho al transportista al reembolso de los gastos incurridos antes de la ocurrencia de dicha causa de fuerza mayor que motivó la resolución del contrato y siempre que el cliente se beneficie de los servicios prestados.
Artículo 14. – Responsabilidad del transportista
14.1. El transportista no será responsable de los daños resultantes de muerte o lesiones y/o daños materiales que sean causados por circunstancias cuyas consecuencias cualquier transportista diligente no hubiera podido evitar.
14.2. Cualquier indemnización que deba pagarse como consecuencia de la incapacidad de cumplir con sus obligaciones establecidas en el artículo 10 anterior se limitará al precio convenido para el arrendamiento del buque.
14.3. Si el transportista prueba que los daños fueron causados por culpa o negligencia del cliente y/o huésped, o si dicha culpa o negligencia contribuyó a los daños, la responsabilidad del transportista quedará eximida, total o parcialmente.
14.4. El transportista no será responsable de los daños causados por retrasos debidos a razones meteorológicas, al horario de inicio y/o finalización del crucero o a la disponibilidad de un buque de sustitución por circunstancias imprevistas.
Artículo 15. – Responsabilidad del cliente
15.1. El cliente es responsable de los daños causados por él mismo o por sus invitados a bordo del buque, salvo en los casos en que los daños se deban a acciones u omisiones del transportista.
Artículo 16 – Uso de los reembolsos
16.1. Cualquier reembolso emitido por el Transportista al Cliente para su uso posterior en la adquisición de servicios del Transportista debe utilizarse antes de que finalice el año calendario siguiente al año en el que se emitió el reembolso.
Artículo 17.- Solicitud de información y reclamaciones
17.1. Para aclarar cualquier duda o pregunta, o para comunicarnos cualquier insatisfacción sobre nuestro servicio, por favor, póngase en contacto con nosotros a través de info@santamariamanuela.pt.
17.2. Las reclamaciones relativas a la ejecución del contrato deberán presentarse claramente al transportista y/o al capitán del buque inmediatamente después de que se hayan producido los hechos pertinentes.
17.3. Todas las reclamaciones sobre facturas deberán presentarse, por escrito, en el plazo máximo de 10 días desde la recepción de la factura. Artículo 18.- Controversias
18.1. Todas las disputas relacionadas con este contrato se rigen por la ley portuguesa, con la jurisdicción exclusiva del Tribunal Marítimo de Lisboa (Tribunal Marítimo de Lisboa).
Artículo 19.- Tasas del corcho
19.1. A bordo del SMM servimos una amplia variedad de vinos, cervezas y licores. Si desea traer su propio alcohol, nuestras tarifas por descorche por botella son: • Licores 30,00 €;
- Vino: 20,00€;
- Cerveza 2,00€
Artículo 20. Dietas especiales
20.1. Santa Maria Manuela siempre buscará satisfacer las necesidades y preferencias de los huéspedes, pero como nuestro espacio de infraestructura es limitado, solo podemos atender alergias e intolerancias. En nuestro menú diario hay algunas opciones que incluyen ensalada, sopa y verduras.
Artículo 21.- Modificación de Términos y Condiciones
21.1. Los presentes Términos y Condiciones podrán sufrir modificaciones, las cuales serán publicadas a través del sitio web de Santa Maria Manuela.